La ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, confirmó esta regla: “En caso de litigio, pertenece al profesional o al establecimiento de salud aportar la prueba que la información ha sido entregada al interesado en las condiciones previstas por el presente artículo. Ley N ° 19.496, Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 2002. Una paciente fue sometida a una esterilización tubaria en un hospital público, teniendo salud normal se omitieron exámenes preoperatorios para precisar el nivel de riesgo de la anestesia. En este último caso, la jurisprudencia nacional, para hacer aprovechar a la víctima de la responsabilidad por el hecho ajeno, ha aceptado la noción de culpa difusa, según la cual la negligencia se atribuye a la organización empresarial en su conjunto, sin necesidad de identificar el autor concreto del daño.51 Como afirma Enrique Barros, esta culpa difusa no es más que un recurso retórico para dar por establecida la responsabilidad por el hecho propio de la organización empresarial. Cabe la pregunta, entonces, de quién debería responder por daños ocasionados con motivo del acto médico, pero que no pueden atribuirse ni a la culpa ni al incumplimiento de una de estas obligaciones de resultado. Por el contrario, a los médicos, como tradicionalmente se ha sostenido que los profesionales no celebran actos de comercio, no se le aplicarían las normas de esta ley. 76 Estos casos (nervio lesionado y arteria cortada) son citados de la jurisprudencia francesa por François Chabas en el comentario: “La maladresse constitue une faute”, en Droit et patrimoine, octubre 2000, p. 99. 158 Esta resolución fue confirmada categóricamente por cinco fallos, de la misma Assemblée plénière, de 13 de julio y 28 de noviembre de 2001. L. 1111-2 del Código de la salud pública). WebEl embarazo no deseado es aquel que se produce sin el deseo o planificación previa por parte de la mujer y ante la ausencia o fallo de métodos anticonceptivos precoitales adecuados y la inefectividad o no administración de métodos anticonceptivos de emergencia posteriores al coito que prevengan un posible embarazo.. Ante un embarazo … De todas formas, como en este daño interviene un fuerte elemento aleatorio, su reparación es siempre parcial, es decir, no puede ser igual al valor de la ganancia esperada o de la pérdida sufrida, sino a una suma que se obtiene multiplicando el monto de esa ganancia o pérdida por el porcentaje de oportunidades que tenía la víctima. supra N° 4 y nota 16. La Corte de Justicia de las Comunidades Europeas, por un fallo de 10 de mayo de 2001, confirmó el carácter de esta responsabilidad (Dalloz 2001, jur., p. 3065, nota Kayser). 5° inc. 1 (trato digno); 5° letras c y d (privacidad); 11 y s. (confidencialidad de la “ficha clínica”); 3° (no discriminación), y 7° y s. (acceso a la información). (C) Las infecciones intrahospitalarias en el derecho nacional. 34. (A) Concepto de riesgo terapéutico o accidente médico. Jurisprudencia y doctrina, Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 1997; Ramón Domínguez A., “Consideraciones en torno al daño en la responsabilidad civil. cit., p. 75 y s. Un fallo reciente afirmó que era posible considerar que existe una estipulación en favor de otro en caso de intervención de una mutual: el estipulante sería la empresa que contrata los servicios de la Mutual promitente y el beneficiario sería el trabajador enfermo. Los traumatismos de la cara pueden tener importancia tanto si implican lesiones en la boca-nariz, por su implicación en la función respiratoria, como si implican a órganos propios de los sentidos (oído, vista, gusto, olfato). cumple los rigurosos estándares de calidad e integridad. 31. en este sentido: Enrique Paillas, Responsabilidad médica, Santiago, ConoSur, 1999, 3ª ed., p. 45. Son lesiones que se producen en los dientes, huesos y demás tejidos de sostén, como consecuencia de un impacto físico contra   los mismos;  la conservación de los tejidos dentarios constituye el objetivo primordial  en este caso. Papel “borroso” de la voluntad del paciente. Heridas que afectan a la cabeza (craneales), Etimología de "traumatismo" en etimologias.dechile.net (Consultado lunes, 1 de agosto del 2022. 173 En efecto, si la Cour de cassation siguiera la letra de este texto (sin considerar la intención del legislador), podría continuar con la jurisprudencia inaugurada por el caso Perruche: que indemnizó no el “hecho del nacimiento” sino el “hecho del nacimiento con discapacidad”.174, Queda, finalmente, la pregunta de si al consagrar progresivamente un “derecho al aborto”, instando a los médicos a otorgar una información oportuna y adecuada acerca de cualquiera malformación que pueda presentar el feto durante el embarazo, se provoque una especie de “normalización” de los nacimientos: se trata de la discusión acerca de la procedencia de la eugenesia (y con ella, de la eutanasia).175. 9), y “utilizando un lenguaje adecuado” (art. Pero fuera de estas obligaciones excepcionales de resultado, el médico sólo responde por sus actos negligentes. L. 1111-7 del Código de la salud pública). Inclusiones y exclusiones”, en Derecho del consumo y protección al consumidor, Santiago, Universidad de los Andes, 1999, p. 60. [37] Uno de los primeros cambios que se muestran en un corazón infartado es … 70 y s. 27 Debiendo aplicarse supletoriamente las reglas del mandato, del arrendamiento de servicios inmateriales (si no fueran contradictorias) y las normas de la ley N° 19.496 (al menos en relación a hospitales y clínicas; cf. Extensión de los perjuicios reparables. Si la fractura es abierta es fácilmente observable, porque puede llegar a verse el tejido nervioso. Los padres ejercieron contra el médico y el laboratorio dos acciones. Por el contrario, las únicas disposiciones que tratan la “responsabilidad”, lo hacen para establecer una eximente de responsabilidad civil y penal para los médicos y establecimientos en caso de rechazo de los tratamientos propuestos al paciente (art. Théorie générale, T. II, 1 v., París, Montchrestien, 1998, 9ª ed. (art. Extensión de los perjuicios reparables. 134 Su reparación es admitida ampliamente por la doctrina y jurisprudencia francesa. Una aplicación reciente: C.S., 30 de abril de 2003, Gaceta Jurídica N° 274, 2003, p. 59 y s. 53 Por ejemplo, en el derecho francés, la ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, confirmó la existencia de una responsabilidad sin culpa o estricta por las infecciones intrahospitalarias a cargo de los “establecimientos de salud”, excluyendo, por tanto, a los “profesionales de la salud” que siguen sujetos al régimen general de responsabilidad por culpa: “Los establecimientos, servicios y organismos arriba mencionados son responsables de los daños resultantes de infecciones hospitalarias, salvo si ellos proporcionan la prueba de una causa inimputable” (actual art. Basil Markesinis, op. en este sentido: Felipe de la Fuente H., “La acumulabilidad de la acción civil en el proceso penal”, en Derecho de Daños, Santiago, Lexis Nexis, 2002, p. 111 y s. 9 Por esto, usualmente en esta relación contractual es el hospital o la clínica quien determina las condiciones de contratación, no quedando al paciente otra opción que aceptar o rechazar los cuidados médicos que se proponen y que serán prestados por profesionales que en muchas ocasiones desconoce. 12 La expresión es de Angelo Castelletta, Responsabilité médicale. 1547 del Código Civil).61 Este juicio de reproche de la conducta del médico se efectúa en abstracto, comparando el comportamiento efectivo con el esperado de un médico prudente, pero considerando también las circunstancias externas en que intervino. Razonando en términos de lucro cesante, como hace la jurisprudencia nacional, se termina inevitablemente por negar a la víctima toda reparación.148, (B) El perjuicio de nacer (discapacitado). cit., p. 11 y s. 49 Como señalara tempranamente Arturo Alessandri, la responsabilidad por el hecho ajeno no extingue la responsabilidad personal del autor directo del daño. 74. Cf. 106, 28. infra N° 14). … Generalizando, puede sostenerse que el médico debe entregar una información inteligible, apropiada y completa.86 En primer lugar, para ser inteligible la información médica puede (o debe) ser aproximativa, a condición de que sea leal, y así por ejemplo se ha juzgado en el derecho comparado que un cirujano satisface esta obligación si habla de “sinusitis” al paciente cuando la afección verdadera era una “mucositis frontal”. los estudios de François Chabas: Cien años de responsabilidad civil en Francia, op.cit., párr. G 2001. Como ocurre usualmente con los fenómenos sociales, una reacción conduce progresivamente a los usuarios de los servicios de salud a efectuar una reivindicación del respeto de su dignidad en los tratamientos médicos a que son sometidos. Más aún, en las últimas décadas la medicina no sólo se ha encargado de prevenir o de tratar a enfermos, sino que también se ha esforzado por corregir algunas características naturales del sujeto mediante, por ejemplo, la procreación asistida o la cirugía estética. Cf. 26. sobre esta reforma francesa: Mauricio Tapia, “Décadence et fin éventuelle du principe d’identité des fautes pénale et civile”, en Gazette du Palais, 7-8 marzo 2003, p. 2 et s.; y, Claudine ESPER, “Les conséquences de la loi du 10 juillet 2000 sur la responsabilité médicale des acteurs de santé”, en Médicine & Droit, París, Ed. de Copiapó, 25 de marzo de 2002 (sentencia firme), Gaceta Jurídica N° 265, 2002, p. 127 y s. 44 Sin duda, influyó en esta práctica la opinión de una parte de la doctrina nacional, que estima que en el juicio penal sólo podía acumularse la acción de responsabilidad civil extracontractual. 23 En todo caso, la clásica afirmación de Plinio de que los médicos son los únicos que pueden matar impunemente parece no ser tan exacta desde un punto de vista histórico. El riesgo, sin embargo, se presenta en menos del 1 por ciento de las pacientes. Solución del derecho francés. Por último, pueden someterse estos accidentes a un estatuto particular, a una garantía colectiva mediante un fondo público, fondos de garantía, logrando a su vez un automatismo de la reparación sin pasar por las muchas veces engorrosa identificación de un responsable. El médico prescribió un examen de trisomía 21 del feto, que una complicación del embarazo impidió realizar, omitiendo ordenar nuevamente ese examen. Estos daños, denominados en la práctica anglosajona wrongful birth, que están en relación de causalidad con la negligencia del médico, tienden a ser reparados en el derecho comparado, siempre y cuando se hubiesen reunido las condiciones para efectuar un aborto terapéutico y conste (o se presuma) que los padres habrían ejercido esa opción.155 Pero el niño, ¿puede demandar a los médicos por el hecho de nacer gravemente discapacitado? V, N° 17/20, p. 141 y s.; Leslie Tomasello H., “La responsabilidad civil médica”, en Estudios de derecho privado, Valparaíso, Edeval, 1994, p. 13 y s.; R. Vásquez Ferreira, “La responsabilidad civil de los hospitales y clínicas por la negligencia médico-sanitaria”, en Responsabilidad civil del empresario, Santiago, Cuadernos de Extensión, Universidad de los Andes, 1996, p. 167 y s.; y Pedro Zelaya, “Responsabilidad civil de hospitales y clínicas. 173 Los dos primeros incisos de este artículo no tratan de niños que nacen en las condiciones del caso Perruche y el tercero se refiere a los padres y no al perjuicio del niño. Con la cirugía abierta, el cirujano hace un corte quirúrgico grande para abrir el abdomen. A las 12:30 horas se realiza ligadura de arterias uterinas vía vaginal bajo anestesia general, según técnica presentada por Francisco Nogueira en el XXIX Curso de cirugía vaginal avanzada en Abril de 2011, Londrina, Brasil. 100 Estas entidades que efectúan exámenes deben también entenderse sujetas a una obligación de resultado en cuando a la custodia de esas muestras. ; H., L. y J. Mazeaud y F. Chabas, op. Op. Vinculado con estas cuestiones, en el ámbito de los servicios públicos de salud, el Hospital San Juan de Dios afirmó recientemente que el 8 de septiembre de 2003 suprimió unas insólitas disposiciones de un reglamento interno del año 1990 que obligaba a los pacientes, antes de la operación, a firmar un documento en el que asumían la entera responsabilidad si la operación no resultaba exitosa (Diario La Tercera, 17 de septiembre de 2003). (La Semaine juridique) ed. (i) Obligación de información de resultado (entrega). 97, 25. Se pueden imaginar tres soluciones para atribuir el peso de estos accidentes. G. 1997, I, 4025. Diario La Tercera, 9 de septiembre de 2003). El examen de la pertinencia o de la suficiencia de la información exige una apreciación de si en su comunicación el médico se comportó como un profesional competente y prudente y, por ello, en ese sentido, es una obligación de medios. Ley N ° 2002- 303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud (Journal officiel, 5 de marzo 2002, p. 4118). en este sentido: François Chabas, “L’assurance de personne au secours du droit de la responsabilité”, en Revue Risques N° 14, abril-junio 1993, p. 83 y s. 106 Cf. Se limpia uretra. 1°). La columna vertebral como conjunto de huesos no presenta un riesgo por la fractura de una vértebra en sí misma, sino por la posible lesión que pueda producirse en la médula espinal. Obligations. Con posterioridad se determinó que el resultado del análisis se había invertido con el de otro paciente. cit., párr. Pero en términos prácticos, no existen diferencias entre crear una obligación de resultado a cargo del médico y hacerlo responsable extracontractualmente de manera “estricta” de los daños que derivan del incumplimiento.80. Naturaleza de las obligaciones del médico; III. La solidarité envers les persones handicapées”, en Dalloz 2002, chr., p. 1217 y s. Como afirma, Basil Markesinis, el derecho comparado (Inglaterra, Estados Unidos, Alemania) parece ir por una línea similar a esta evolución del derecho francés. por otra parte: C.S., 28 de septiembre de 1998: que afirma que la responsabilidad médica exige la infracción de la “lex artis” y que debe ser acreditada en el juicio (R.D.J., t. XCV, sec. Según el Ministerio de Salud, entre el año 2000 y 2001 se denunciaron 594 casos por presunta negligencia médica, de los cuales un 47% fue sobreseído y sólo un 9% ha concluido con sanciones (desde amonestación escrita hasta expulsión del servicio). G. 2001 I, 286. sobre esta discusión: Eduardo Court, op. (vi) La negligencia médica en Chile. 11. * Este texto tiene origen en una exposición efectuada en el Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el 7 de agosto de 2003, posteriormente completada y anotada por el autor. 13 y s.). J.C.P., La Semaine juridique, ed. Sobre este proyecto de ley: cf. cit. 170 Cf. Esto demuestra que los métodos diagnósticos actuales aún tienen limitaciones» (cf. Las principales especialidades afectadas son la ginecología (20%) y la cirugía general (12%). En materia de infecciones intrahospitalarias, puede también consultarse un fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, de 20 de mayo de 2002, que condenó a una Mutual a la indemnización de los perjuicios morales por incumplimiento contractual a causa de una infección contraída por el paciente en un hospital de la demandada, que le provocó la amputación de una pierna (Gaceta Jurídica N° 268, 2002, p. 93 y s.). Respecto de los perjuicios que pueden demandarse en tal caso, una nueva distinción fundamental resulta necesaria: 38. Seguimiento recién nacido de riesgo; Trastorno del desarrollo con discapacidad intelectual; Trastorno del desarrollo con discapacidad motora; Trastornos sensoriales; Trastorno del espectro autista; 3.3.5. Por su parte, en Chile, el proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud regula el acceso a la “ficha clínica”, que “es el instrumento en que se registra la historia médica de una persona” (arts. Los problemas se presentan cuando el médico omite informar negligentemente a los padres durante el embarazo una discapacidad congénita que afecta al feto. 1111-2 inc. final del Código de la salud pública). Cf. Salud mental en la infancia y adolescencia; 3.3.6. El resto del perjuicio del niño fue dejado a cargo de la solidaridad nacional (Jean Guigue, “Solidarité envers les personnes handicapées. cit., p. 10 y s. 84 Sobre esta obligación de información en el derecho francés: François Chabas, Cien años de responsabilidad civil en Francia, op. 1. Le Monde, Horizons-Débats, 24 noviembre de 2000. supra N° 4 y nota 16. Está justo debajo de la vejiga (órgano que recibe y expulsa la orina) y delante del recto (parte inferior del intestino).Es casi del tamaño de una nuez y rodea … Première application jurisprudentielle du Titre I de la loi du 4 mars 2002”, en Gazette du Palais, 15-17 diciembre 2002, p. 4 y s.). 90 Cf. Cf. WebLa fibrosis quística (abreviatura FQ) es una enfermedad genética de herencia autosómica recesiva que afecta principalmente a los pulmones, y en menor medida al páncreas, hígado e intestino, provocando la acumulación de moco espeso y pegajoso en estas zonas.Es uno de los tipos de enfermedad pulmonar crónica más común en niños y adultos jóvenes, y … (La Semaine juridique) ed. Se considera una herida la pérdida de continuidad de la piel o de las mucosas como consecuencia de un traumatismo, provocando la comunicación del interior del cuerpo con el exterior. Generalidades. Ese fallo fue casado por la Première Chambre civile, el 26 de marzo de 1996: “las faltas cometidas habían engañosamente inducido [a los padres] en la creencia que la madre estaba inmunizada, de suerte que estas faltas eran generadoras del daño sufrido por el niño por el hecho de la rubéola de su madre”. Cf. Pero el golpe definitivo fue dado por las compañías aseguradoras, que anunciaron una alza vertiginosa de las primas, lo que desencadenó una huelga de médicos (especialmente obstetras), que no repararon sobre el hecho que en los pocos casos en que se indemnizó este perjuicio la negligencia médica había sido claramente probada en el juicio.170, 41. L. 1142-1.I del Código de la salud pública). 7 En el derecho francés, una ley del año 2000 intentó frenar el fenómeno de excesiva penalización de ciertas actividades (entre ellas, la profesión médica), incentivando a las víctimas a entablar la acción directamente frente al juez civil. 174 La Cour administrative d’appel de Paris, el 13 de junio de 2002, ha efectuado una primera aplicación de esta ley. Jean Penneau, La responsabilité du médecin, op. Geneviève Viney y Patrice Jourdain, “L’indemnisation des accidents médicaux: que peut faire la Cour de cassation?”, en J.C.P (La Semaine juridique) ed. Por otra parte, el proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud, contempla una disposición que otorga el derecho a los pacientes a conocer la identidad de los miembros del equipo médico que lo atienden, así como de quien autoriza los tratamientos (art. 69 28 de septiembre de 1998, R.D.J., t. XCV, sec. Posibles complicaciones. De manera inmediata se realizó limpieza, irrigación pulsátil y desbridamiento de la herida en la articulación del tobillo, sutura de las partes blandas dañadas y se colocó fijación externa tipo Hoffman ® en configuración de tipo … Aunque existe controversia sobre la estrategia óptima para el diagnóstico y manejo del HPTP, distintos consensos se han establecido para el tratamiento quirúrgico de pacientes … En medicina, sin embargo, se identifica por lo general como paciente traumatizado a alguien que ha sufrido heridas serias que ponen en riesgo su vida y que pueden provocar complicaciones secundarias tales como 1 shock, paro respiratorio y muerte.[2]​. 103 Cf. cit., p. 218, nota 2. Culpa y error. Aborto y el perjuicio de nacer. 45 Cf. Cuando la responsabilidad de un profesional o de un establecimiento de salud está comprometida frente a los padres de un niño nacido con una discapacidad no descubierta durante el embarazo, como consecuencia de una falta caracterizada, los padres pueden demandar una indemnización a título de su solo perjuicio. 2. 86 Cf. WebNOTA: En Neonatos y Lactantes ha caído en desuso la toma de temperatura en el recto (introduciendo el Termómetro Rectal 2 cm. 22. En cambio, si el autor directo del daño causado en el establecimiento permanece anónimo, a la víctima sólo le queda demandar la responsabilidad directa, contractual50 o extracontractual, del hospital o clínica. 76. Corte Suprema, casación fondo, 5 de noviembre de 2001”, Santiago, Universidad Diego Portales, 2003 (en prensas). Así también en Chile, el proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud, contempla el derecho a la información (arts. II. 11 Al parecer, en la actualidad, se está lejos de esa caricatura de los médicos hecha por MOLIÈRE, quien para mostrar el estatus superior e intocable del médico decía que lo bueno de esa profesión es que existe entre los pacientes una honestidad, la discreción más grande del mundo: siempre la culpa es del muerto. En el derecho comparado, y recientemente en el nacional, los médicos se han transformado a su pesar en sujetos pasivos frecuentes de acciones de responsabilidad que persiguen la reparación de daños causados a pacientes. Riesgo terapéutico o accidentes médicos, y IV. 204. 71, (B) El error de conducta y la deformación de la culpa médica, 18. II. en este sentido: André Tunc, La responsabilité civile, París, Económica, 1989, 2ª ed., p. 40 y s. 33 Cf. 154 En este sentido, el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en el presente año, condenó en primera instancia a una clínica por las lesiones sufridas por un niño que nació gravemente enfermo a causa de una asfixia severa neonatal, que habría sido provocada por un deficiente control médico en las últimas horas de gestación. En un fallo, esta Corte implícitamente acepta que esa carencia puede justificar que alumnos de medicina cumplan las funciones de anestesista (C.S., 2 de julio de 1998, R.D.J., t. XCV, sec. 8). cit., p. 75; Erinque Barros, Curso de responsabilidad civil extracontractual, Santiago, Universidad de Chile, 2002 (inédito), párr. Si se deja a cargo del médico, como muchas veces lo hace la jurisprudencia, ¿no se está castigando entonces a un buen profesional por hechos que están fuera de su control? En general, sobre el contrato por adhesión: Mauricio Tapia y José Miguel Valdivia, Contrato por Adhesión. Esta discusión está pendiente en Chile, donde el aborto es una práctica prohibida, pero una práctica absolutamente generalizada (cerca de 200 mil abortos cada año)151 y tímidamente reprimida. Cf. 161 Cf. (La Semaine juridique) ed. por ejemplo: Philippe Le Tourneau y Loïc Cadiet, op.cit., p. 371 y s . Esto, por lo demás, involucraría un desincentivo implícito a la suscripción de contratos médicos, con el fin de escapar a la presunción de culpa. Esta es una discusión que se ha planteado en el derecho anglosajón, en el alemán y, recientemente, en el francés (a este último se refiere en esencia la exposición que sigue).149 Estos problemas no han sido examinados por la jurisprudencia nacional (pero un estudio nacional reciente los menciona, criticando apasionadamente las decisiones comparadas), 150 ya que exigen como supuesto el reconocimiento de la libertad de la madre de poner fin al embarazo, es decir, que se legalice el aborto (al menos terapéutico), tal como ha ido progresivamente ocurriendo en el derecho comparado. WebTraumatismo en los tejidos blandos. infra N° 11 nota 38). Aborto quirúrgico Se realiza una cirugía para extraer el feto. El procedimiento tomará de 5 a 20 minutos. 9° inc. 2) y el rechazo a ser informado (art. (iii) Otras posibles causas de este fenómeno. 63 Como se indicó, Orlando Tapia se refirió a esta clasificación de obligaciones de medios y de resultado, y su aplicación a la obligación contractual. La gran presencia de vasos sanguíneos en la zona hace que estas heridas sean muy sangrantes, y por ello habitualmente en el tratamiento de estas lesiones suele ser prioritaria la detención de la hemorragia. G. 2000, actualité, p. 2267; y Geneviève Viney, “Breves remarques à propos d’un arrêt qui affecte l’image de la justice dans l’opinion”, en J.C.P. También, en este segundo fallo, un aspecto importante es que la Corte Suprema rechazó el argumento de una responsabilidad objetiva del Estado, que de aceptarse lo colocaría en una situación más gravosa que las clínicas privadas (que responden por culpa) y provocaría entre las víctimas discriminaciones arbitrarias, fundadas en la naturaleza del organismo que presta los servicios médicos.124 Es posible que estas decisiones se expliquen porque atribuyen el peso de estos accidentes médicos a establecimientos hospitalarios y no a médicos (personas naturales), hipótesis que sin ningún correctivo (esencialmente seguros) es sencillamente funesta para éstos y para el sistema social. Este es el problema del riesgo terapéutico o accidente médico. Obligaciones de resultado convencionales. Evidentemente, el médico queda eximido de esta obligación de información en caso de urgencia, imposibilidad de comunicarla (paciente inconsciente) o de rechazo a ser informado91 . 102 Aunque en muchos casos la jurisprudencia responsabiliza indebidamente al médico por estos errores inevitables. François CHABAS. Una cuestión debe aclararse: las obligaciones de resultado a cargo del médico son eminentemente excepcionales. 96 Cf. (La Semaine juridique) ed. cit., p. 679 y s.; Geneviève Viney y Patrice Jourdain, Les conditions, op. 110 Tal como sostiene François Chabas: “La réparation des conséquences de l’aléa thérapeutique”, en J.C.P (La Semaine juridique) ed. 160 Resumidas por Basil Markesinis, op.cit. 128 Cf. La fatalidad en los actos médicos. 16 letra e). es una de las primeras empresas en alcanzar esta tan importante … Aunque frecuentemente no se observan amenazas importantes a la salud ante la ocurrencia de un neumotórax espontáneo primario, se han notificado algunos casos de … Sin duda, la difícil prueba de las causas de los daños aludida en la introducción explica que muchas veces sea imposible establecer con nitidez los límites entre la culpa y el error excusable.77 Es así que la jurisprudencia, para suplir tales deficiencias probatorias, utiliza muchas veces indebidamente el adagio res ipsa loquitur (“dejad que las cosas hablen por sí mismas”), infiriendo del sólo gesto desgraciado la existencia de un comportamiento culpable del médico. Sobre este proyecto de ley: cf. cit., p. 39 y s. 36 En el derecho nacional, la ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, aplicable a los contratos de prestación de servicios, considera cláusulas abusivas en tales contratos: las que atribuyen al consumidor el efecto de deficiencias, omisiones o errores administrativos inimputables (art. La razón de estas disputas es una lectura que se puede efectuar de estos casos: si el médico hubiese satisfecho la obligación de información, no es que el niño habría nacido sin malformaciones sino que simplemente no habría nacido, pues los padres habrían optado por el aborto terapéutico y, así, puede sostenerse que el niño demanda reparación por el solo hecho de existir: que vivir es un perjuicio.156 Pero, como se expondrá, en la casi totalidad de estos casos, lo que el niño demanda y lo que algunas cortes han concedido no es una reparación por el hecho de nacer, sino por el hecho de nacer con una inhabilidad que lo acompañará durante toda su existencia. 153 En segundo lugar, y que son las situaciones más delicadas, se encuentran los casos de “nacimiento de un niño discapacitado”, en que el comportamiento negligente del médico provoca o permite el nacimiento de un niño afectado de una grave malformación. El fallo Perruche. Essai d’une théorie, Paris, LGDJ, 1992, prefacio de J. Ghestin. G 2001, II, 10493. Los diagnósticos y exámenes médicos están sujetos a la interpretación que debe hacer el profesional acerca de su alcance y posibles efectos, y en esto se someten a la regla general de la obligación de medios. En el derecho francés, fue precisamente el problema del riesgo terapéutico el que provocó la intervención legislativa en el ámbito de la responsabilidad médica el año 2002.107 En materia administrativa, tratándose de hospitales públicos, el Conseil d’Etat había puesto a cargo de la administración en el año 1997 las consecuencias del riesgo terapéutico.108 En el ámbito privado, esta solución fue contradicha por la Cour de cassation, en el año 2000, afirmando que sus consecuencias no entran en el campo de obligaciones contractuales del médico frente a su cliente.109 Evidentemente, sobre el plano humano, existe un “mundo de diferencia” entre hacer pesar sobre la administración pública el deber de repararlos y hacer responsable personalmente a un médico de las graves consecuencias de estos accidentes.110 La ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, 111 uniformó las reglas aplicables al sector público y privado, afirmando que sólo en el caso de ser imposible establecer una responsabilidad de médicos y clínicas a su respecto, opera subsidiariamente una indemnización a cargo de un fondo de garantía.112 La reparación se efectúa por un organismo público (ONIAM), que debe indemnizar a título de la solidaridad nacional los daños causados por el riesgo terapéutico, siempre y cuando estos accidentes, infecciones intrahospitalarias o afecciones iatrogénicas tengan consecuencias graves y anormales en relación al estado del paciente y a su evolución previsible (muerte, incapacidades permanentes, infecciones hospitalarias severas, etc. Cf. Recientemente, en Diario El Mercurio: “Muerte intrauterina en Rancagua: Madre culpa a hospital de negligencia médica” (9 de octubre de 2003). sobre el alcance de esta obligación médica en Francia: Jean Penneau, La responsabilité du médecin, op. 378 y 387 y s.; Jaques Flour, Jean-Luc Aubert y Eric Savaux, Droit civil, Les obligations, 2. 15. Cf. (La Semaine juridique) ed. Evidentemente, y desde fines del siglo XIX, se puede considerar superada la discusión acerca de si es posible hacer responsables a los médicos, que supuestamente serían los únicos conocedores de la lex artis.23 De la misma forma, resulta en la actualidad indiscutible que los médicos responden de toda culpa y no solamente de la culpa grave, como alguna doctrina había sostenido en la primera mitad del siglo XX.24 Pero existen varios problemas actuales en torno a esta responsabilidad, de los cuales se examinarán cuatro, que parecen particularmente relevantes: I. Calificación de la responsabilidad médica; II. cit. (B). (A) Pérdida de oportunidades de sanar o de sobrevivir, 35. Por lo demás, en términos de justicia, no existe justificación para discriminar entre personas que reciben una misma prestación médica obligando, por ejemplo, al paciente que ingresa en estado de inconsciencia a probar la negligencia (porque al no existir contrato, no se aplicaría la presunción de culpa del artículo 1547), y a eximir de ella al paciente que, por estar consciente, pudo aceptar los tratamientos que se le propusieron. médico que socorre a una persona en peligro); y los provenientes de infecciones hospitalarias que originen una tasa de incapacidad permanente superior a un 25% o en caso de deceso. En tercer lugar, la información debe ser completa, debe comprender, además del diagnóstico del estado del paciente, la utilidad, los riesgos y las consecuencias previsibles de los tratamientos que se proponen.88 Esta información, extensible a todos los riesgos previsibles, ha generado discusiones. 57 y 76. Web1.3 Examen físico 16 1.4 Laboratorio y otros estudios (de ser necesarios y de estar disponibles) 18 1.5 Análisis de las opciones anticonceptivas 19 2 ABORTO 2.1 Resumen de los métodos: aborto médico y quirúrgico 22 2.2 Prevención y control de infecciones 24 2.3 Manejo del dolor 25 2.4 Aborto médico 28 378 y 388. Sin embargo, rechazó la reparación de este perjuicio en atención a que había sido constatado, en los tres casos, que las condiciones para una interrupción voluntaria del embarazo por motivo terapéutico, única posible a la fecha de las faltas constatadas, no habían sido reunidas (cf. Por su parte, José Luis Diez se refiere a este daño, reconociendo que es una noción desconocida actualmente para los tribunales nacionales (op. La obligación principal del médico es calificada como de medios (A), aunque la jurisprudencia tiende a confundir el comportamiento culpable con el error de conducta (B); lo que pudo influir en la decisión de hacerlos responsables del incumplimiento de algunos resultados (C). 74 En el derecho nacional, para un análisis de la deformación de la culpa por su confusión con el error de conducta: Ramón Domínguez A., “Aspectos contemporáneos...”, op. Finalmente, Hernán Corral, alude brevemente a algunas reglas de la reparación de este daño formuladas por la doctrina francesa (op. la breve, pero interesante, exposición que efectúa sobre estas cuestiones el profesor de derecho y doctor en medicina Jean Penneau, La responsabilité du médecin, París, Dalloz Connaissance du droit, 2a ed., 1996. Voltaire sostenía que “un médico promete cuidados y no la recuperación; hace sus esfuerzos y por ello se le paga”.56 En efecto, el deber esencial del médico es poner a disposición del paciente sus capacidades profesionales con el fin de lograr su recuperación.57 Siguiendo la conocida clasificación creada por René Demogue, surge la pregunta de si ésta es una obligación de medios o a una obligación de resultado, pues de esta calificación depende la forma de constatar su incumplimiento.58 Una obligación de medios, también denominada obligación general de prudencia y diligencia, exige solamente emplear la diligencia debida para intentar obtener el resultado perseguido (un típico ejemplo es el deber del abogado de obtener una sentencia favorable para el cliente). de Copiapó, 25 de marzo de 2002 (el recurso de casación fue declarado inadmisible por la C.S. WebA las 12:23 horas el examen hematológico muestra hematocrito de 10%, hemoglobina de 3,2 g/dl, plaquetas 62.000 ul. G 2001. 101 Cf. Esta misma sofisticación técnica de los actos médicos explica que sea muy difícil precisar las causas del fracaso de un tratamiento y, por ello, distinguir adecuadamente entre los efectos de la desventura y de la torpeza. La obligación principal del médico es de medios. sobre el cúmulo en el derecho francés: H., L. y J. Mazeaud y F. Chabas, Leçons..., op.cit., p. 404 y s. 40 La doctrina nacional reconoce casi unánimemente este carácter (cf. Sobre este proyecto de ley: cf. cit., p. 10. infra N° 37. 1ª, p. 234 y s., y Gaceta Jurídica Nº 257, 2001, p. 39 y s. Cf. WebTambién se puede hacer un procedimiento quirúrgico para cortar y extirpar parte de la cubierta del corazón (pericardio). cit., esp. 51 En materia de responsabilidad del Estado, la jurisprudencia también acepta que un comportamiento anónimo sea calificado como falta de servicio. también: Philippe Le Tourneau y Loïc Cadiet, Droit de la responsabilité et des contrats, Paris, Dalloz Action, 2002/2003, p. 41 y s., y 1199. de Concepción, 20 de mayo de 2002 (Gaceta Jurídica N° 268, 2002, p. 93 y s.), que cita en apoyo de la naturaleza contractual de esta responsabilidad los estudios de Arturo Alessandri y Eduardo Court. La ley anti-Perruche. Los traumatismos en el cráneo y en la cara son especialmente importantes, ya que la intensidad del golpe puede afectar al sistema nervioso central (SNC), localizado dentro de la cavidad craneal. 15 Derecho y economía, México, Fondo de Cultura Económica, 1998, 1ª ed. François Chabas. Aunque todavía genere algunas discusiones, existe un relativo acuerdo acerca de la naturaleza contractual de la responsabilidad del médico (A), pero la intervención de clínicas y hospitales involucra nuevos problemas de calificación (B). WebIndicaciones resultados alejados del tratamiento quirúrgico electivo de la enfermedad ... alteración que afectó a todo el colon en 7 (7,7%). El error es inherente a la acción humana, y por ello resulta contrario a toda noción de justicia tratarlo como un comportamiento culpable, más aún si se considera la estigmatización que conlleva en el profesional si la víctima, como ocurre en muchos casos, decide ejercer una acción penal.75 Por esto, no se justifica condenar en responsabilidad a un médico por la lesión accidental de un nervio o el corte de una arteria durante una intervención, si se considera que en un porcentaje elevado de operaciones aquello se produce inevitablemente.76 Por lo demás, tal carácter inevitable frustra todo fin de prevención de daños que pretenda atribuirse a la responsabilidad civil, pues escapa al control del responsable impedir tales infortunios, aun usando la diligencia debida. Cf. Sin embargo, y a pesar de sostener que la víctima puede demandar de éstos la reparación separada o conjunta total del daño, para Alessandri no habría aquí solidaridad, pues el delito sólo fue cometido por el autor directo y no por el responsable civil. 29 Georges Ripert sostenía que quien da su adhesión sin discutir está decidido ante todo a contratar. François Chabas, Ibídem; Jean Carbonnier, op. Vea las opciones de tratamiento para la erisipela. G 2000, p. 212. La medicina es una de las actividades profesionales más expuestas en la actualidad al riesgo de acciones de indemnización de perjuicios. 17 Un extenso estudio de este principio de precaución ha sido efectuado recientemente en Francia por Philippe Kourilsky y Geneviève Viney, Le principe de précaution, informe presentado al Primer ministro, París, Ed. 140, 36. No obstante, la imprevisibilidad no es el criterio determinante de tales errores, pues ellos son normal y estadísticamente previsibles por todo buen profesional (ocurren a un cierto número de pacientes cada año). La responsabilidad médica no debería extenderse a los errores de conducta. La lesión medular implica siempre una lesión traumática en la estructura músculo esquelética, ósea y en los ligamentos. Siempre que nos encontremos ante un traumatismo craneal debemos sospechar la posibilidad de una lesión en la columna vertebral. Asimismo, la relación que se establece entre las víctimas por rebote (los causahabientes del paciente) y el médico es muchas veces extraída del ámbito contractual.26 Ciertamente, el denominado contrato médico se reduce con frecuencia a una simple aceptación del paciente (o de su familia) a ser sometido a un tratamiento.27 Como afirman Philippe Malaurie y Laurent Aynès: “¿cuál es la consciencia y la libertad del ‘sí doctor’ otorgado por un inexperto, un desposeído o un enfermo crónico?”28 Pero este papel borroso de la voluntad del paciente no puede llevar a desconocer que existe un verdadero acuerdo al menos sobre la esencialidad del contrato (servicios que se prestarán y su remuneración).29 Asimismo, la intervención de varios profesionales en la prestación médica (usual en una operación quirúrgica) da también nacimiento a relaciones contractuales: entre el paciente y cada uno de los médicos, si aquel los eligió o aceptó su participación; o bien, entre el paciente y el médico jefe del equipo, si éste seleccionó a sus asistentes, respondiendo por la elección y organización.30. Múltiples soluciones. Así, después de un traumatismo craneal, nos podemos encontrar ante una herida simple de la cabeza o la cara, una fractura craneal, signos de afectación cerebral o varias de ellas conjuntamente. 54 Cf. C.A. Por su parte, la Corte de Apelaciones afirma que, si bien “las infecciones intrahospitalarias son un riesgo siempre presente en los hospitales”, ellas “no son imprevisibles” y que por esta razón “no constituyen un hecho fortuito”.123, 33. Como se trata de sucesos eventuales, escapan al dominio o control del médico y, por ello, un accidente médico puede producirse con ocasión de un error inevitable de conducta de éste.102 La intervención del azar en la realización de estos accidentes se demuestra porque generalmente sus efectos se presentan como anormales, esto es, no dicen relación con el estado anterior del paciente o su evolución previsible, y son diversos a aquellos que habría provocado el simple fracaso del tratamiento.103 Por esto, François Chabas ha concluido que el riesgo terapéutico es simplemente un accidente debido no al comportamiento culpable del médico sino a la fatalidad. En una entrevista, el doctor Mario Concha, Presidente de la Sociedad de Anestesiología de Chile, declara: «Si yo como profesional tengo un paciente que se está agravando, y al considerar sus síntomas y sus exámenes elijo una terapia de entre dos o tres opciones válidas, y resulta que no es la adecuada, estamos ante un error. Una obligación contractual de medios equivale, por ello, a las que en materia extracontractual se denominan obligaciones sujetas al deber general de prudencia y diligencia. ; Raquel Palma C., “Ensayo sobre la responsabilidad civil de los médicos”, en Anuario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile, 1939, vol. Frente a estas obligaciones el profesional no puede eludir su responsabilidad probando su diligencia o la existencia de un error de conducta inevitable, no quedándole otra excusa que acreditar una causa inimputable (una causa adecuada de los daños externa, imprevisible e irresistible, como la fuerza mayor).79 Teóricamente, como concluyeron los hermanos Mazeaud, la culpa también existe en una obligación de resultado: el deudor se había comprometido a la obtención de un objeto preciso y su sola inejecución constituye una prueba del incumplimiento culpable. 84; “La perte d’une chance en droit français”, en coloquio Développements récents du droit de la responsabilité civile, Ginebra, Centre d’études européennes, 1991, p. 131 y s.; y “La perte d’une chance dans le droit français de la responsabilité civile”, en Responsabilità civile e previdenza, 1996, N° 2, p. 221 y s. 135 Cf. Pero en caso que se logre establecer la responsabilidad del médico o del establecimiento de salud, se plantean también problemas en la determinación de los perjuicios reparables. Su médico también le hará un examen físico. cit., p. 78 y s. También en el derecho francés (cf. No obstante, en las responsabilidades profesionales, como la proveniente de la actividad médica, las diferencias entre estos estatutos resultan particularmente odiosas, pues el incumplimiento de los deberes profesionales acarrea en ocasiones daños tanto a clientes como a terceros, y ¿cómo puede justificarse que esta situación afecte las condiciones o la extensión de la responsabilidad del médico si se trata de una misma prestación profesional? cit., p. 475 y s. 94 Transformándose, en la terminología de la doctrina francesa, en una obligación de medios agravada. Por otra parte, la intervención de clínicas, de hospitales (o incluso mutuales), y de médicos que actúan por cuenta de éstos, provoca también incertidumbres en la calificación de las relaciones que se crean con el paciente víctima del daño. 88 En Francia, el contenido de la información, que había sido precisado por diversos fallos de la Cour de cassation, ha sido consagrado por la ley de 2002: “Esta información comprende las diferentes investigaciones, tratamientos o acciones de prevención que son propuestas, su utilidad, su eventual urgencia, sus consecuencias, los riesgos frecuentes o graves normalmente previsibles que involucren, así como las otras soluciones posibles y las consecuencias previsibles en caso de rechazo” (actual art. Geneviève Viney y Patrice Jourdain, Les conditions, op. A favor de la utilización de la pérdida de una oportunidad existiendo incertidumbres sobre la relación de causalidad: Geneviève Viney y Patrice Jourdain, Les conditions, op. Se administran líquidos para mantener la presión arterial normal hasta que se pueda drenar el líquido alrededor del corazón. 4ª, p. 95 y s. 71 C.A. Op. 7 y s.). Los traumatismos torácicos pueden comprometer tanto la vía aérea directamente, como las funciones cardíaca y respiratoria, y, por tanto, implican un riesgo vital para la víctima. p. 339 y s.; H., L. y J. Mazeaud y F. Chabas, Leçons..., op. Existen varios casos distintos del mal denominado “perjuicio de nacer”, que tienen en común el ser ocasionados por un diagnóstico o tratamiento médico negligente.152 En primer lugar, existen casos de “nacimientos no deseados”, en que los padres demandan indemnización al médico que efectuó negligentemente la esterilización o la interrupción del embarazo. 109 Première Chambre civile de la Cour de cassation, 8 de noviembre de 2000, J.C.P. Pero implícitamente varios fallos han atribuido o excluido responsabilidades por accidentes médicos. cit., p. 84 y s. 140 La pérdida de una oportunidad es simplemente atribuir un valor pecuniario a la chance desaparecida. La atribución de responsabilidad por el riesgo terapéutico es quizá la cuestión más debatida en la actualidad en materia médica, en la que ha existido una mayor evolución jurisprudencial, completada, en varios países, por la intervención legislativa. 4ª, p. 95 y s. Pero en cambio, según la Corte Suprema, si es previsible y evitable para un médico especialista (debiendo responder por su conducta negligente) el “riesgo serio” de que la paciente presente un cuadro de pancreatitis aguda, que la condujo a la muerte, al momento de la extracción de dos cálculos, en atención a que sus antecedentes clínicos indicaban que unos días antes había presentado un rechazo a un intento de intervención similar (C.S., 15 de diciembre de 1997, R.D.J., t.XCIV, secc. Una pareja había sido informada por un centro hospitalario universitario que el análisis del líquido amniótico tomado de la mujer, con el objeto de un diagnóstico prenatal, no mostraba en el feto ningún riesgo de atrofia espinal infantil. Se hacen bajo anestesia local, lo que disminuye aún más el escaso riesgo que conllevan las técnicas quirúrgicas mayores. Durante su estadía en ese hospital contrajo una infección, sin relación alguna con la intervención quirúrgica efectuada, que provocó su muerte. Así, la Corte Suprema, en un fallo de 27 de diciembre de 2000, concedió la reparación del daño moral por haber el demandado extraviado las muestras médicas durante su envío a Estados Unidos para la realización de nuevos exámenes. A veces, este esguince, o la ruptura de un ligamento, puede arrancar un fragmento de hueso que solo se detectará radiológicamente; por eso es necesario llevar al accidentado a un centro sanitario. Únicamente corresponde analizar la primera de estas cuestiones (obligaciones de resultado) en esta parte de la exposición, pues el riesgo terapéutico ya no se refiere a la naturaleza de las obligaciones a las que se entiende sujeto el médico sino a las fronteras entre la responsabilidad y la fuerza mayor. Así por ejemplo, la Corte Suprema, el año 1998, declaró en sede extracontractual la existencia de una obligación de medios por culpa probada del médico, al concluir que no resulta establecida la negligencia: si no se acredita que una agravación del estado inicial del paciente se debía a la deficiente atención médica recibida,69 o si no se probó que la anestesia haya sido mal administrada.70 La prueba de la negligencia, efectuada por la víctima, resulta entonces indispensable para la constatación de un incumplimiento de la lex artis en los tratamientos que brindó el médico. Aunque tranquilizadores desde el punto de vista médico, estos fallos resultan inquietantes desde la perspectiva de las víctimas, y no son muy consistentes con las resoluciones en materia de infecciones intrahospitalarias que se examinan a continuación. A causa de la falta del médico y del laboratorio encargado de efectuar la serología de la rubéola, la mujer se creyó inmunizada y dio nacimiento a un niño con afecciones neurológicas, sensoriales y cardiológicas gravísimas y definitivas. sobre estos daños el exhaustivo análisis de Yvonne Lambert-Faivre, Droit du dommage corporel. Algunas complicaciones que puede causar la erisipela, son: Formación de absceso en la piel; 1547 del Código Civil), pues en una obligación de medios la constatación del incumplimiento exige que la víctima pruebe la negligencia del deudor. J.C.P. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción (6 de marzo 2002)122 que condenó al Servicio de Salud Concepción al pago de 65 millones de pesos a la víctima por concepto de daño moral. 14. III. En el segundo caso fallado el 28 de noviembre, un médico no había comunicado a la paciente los resultados de una dosificación de beta HCG, que le había propuesto a las seis semanas de amenorrea, y tales resultados, corroborados por exámenes ecográficos, revelaban la discordancia entre un diámetro parietal importante y un fémur demasiado corto, que eran alarmantes y justificaban una consulta de un especialista en genética y en ecografía.